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Nuevo proyecto de ley para los trabajadores independientes.

El Poder Ejecutivo incluyó dentro de su convocatoria a Asambleas Extraordinarias de la Asamblea Legislativa, el Proyecto de Ley No. 21.434 denominado: Ley del Trabajador Independiente.

Con este expediente se pretende acabar con cobros retroactivos de 10 años o más para trabajadores independientes ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), para ello se reduce a 4 años la prescripción y la posibilidad de que dicha prescripción sea declarada en sede administrativa.

Según informó el Poder Ejecutivo, la iniciativa contaría con el compromiso de distintas fracciones para votarse en primer debate antes que concluya el período de Sesiones Extraordinarias, el 31 de julio.

Cobro retroactivo se reduciría a cuatro años.

Apenas el pasado 25 de mayo, mediante reforma al Reglamento para el Aseguramiento Contributivo de los Trabajadores Independientes, se estableció que el cobro retroactivo sería por un máximo de diez años, lo cual supuso una buena noticia para trabajadores que estaban siendo perseguidos por deudas de más de 17 años, que fue la fecha cuando entró a regir dicho reglamento en el año 2004. De aprobarse esta nueva propuesta, el cobro retroactivo se reduciría entonces de diez a cuatro años.

Prescripción en vía administrativa

La prescripción puede ser declarada en sede administrativa y no como sucede en este momento, que se espera el agotamiento de la vía administrativa y la continuación del proceso en sede judicial con el inconveniente de no poder utilizar durante todo ese tiempo, los servicios de la seguridad social al encontrarse declarados morosos en sede administrativa.

Sistema de autoliquidación

Se define como base de cotización del trabajador independiente: La cuota contributiva sería el resultado de multiplicar la base de cotización del trabajador independiente relativa a sus ingresos netos, por el porcentaje determinado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social para las cuotas de todos los trabajadores.

En caso de ausencia de la declaración auto liquidativa del trabajador independiente, la cuota de seguridad social se calculará sobre el ingreso neto a efectos del impuesto a las utilidades, deduciendo lo pagado por ese impuesto.  Solo en ausencia de ambas declaraciones, la Caja Costarricense del Seguro Social podrá determinar provisionalmente el monto que corresponda.

Se mantiene doble cotización

Se reitera en el proyecto de ley que las remuneraciones que reciba el trabajador a causa de la relación laboral, no le exime de la obligación de cotizar como trabajador independiente, cuando el trabajador ostente ambas condiciones.

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