Inicio ► Nuevos tramos del Impuesto Sobre la Renta

Mediante decreto No. 43852-H el Ministerio de Hacienda realizó el pasado 23 de diciembre de 2022 la actualización de los tramos del impuesto sobre la renta – salario y utilidades- y sus créditos fiscales a partir del 01 de enero de 2023, los cuales se resumen a continuación:
Renta a jubilados, pensionados y asalariados
Los salarios exentos del gravamen para esta categoría crecen en ₡78.000, comparado con el 2022.
Tramos 2022 | Tramos 2023 |
Salarios exentos hasta ₡863.000 | Salarios exentos hasta ₡941.000. |
25% sobre el exceso de ₡4.445.000 | 25% sobre el exceso de ₡4.845.000 |
20% sobre el exceso de ₡2.223.000 | 20% sobre el exceso de ₡2.423.000. |
15% sobre el exceso de ₡1.267.000 | 15% sobre el exceso de ₡1.381.000 |
10% sobre el exceso de ₡863.000 | 10% sobre el exceso de ₡941.000 |
Renta anual para independientes
Las personas físicas con actividades lucrativas (independientes) que tienen rentas superiores a los ₡4.181.000 anual, deberán pagar el impuesto asignado por el Ministerio, según sea el monto. Los salarios exentos, en este caso, crecieron a ₡439.000.
Los créditos fiscales aplicables por cada hijo son de ₡21.000 y por cónyuge de ₡31.800.
Tramos 2022 | Tramos 2023 |
10% sobre el exceso de ₡3.836.000 | 10% sobre el exceso de ₡4.181.000 |
15% sobre el exceso de ₡5.729.000 | 15% sobre el exceso de ₡6.244.000 |
20% sobre el exceso de ₡9.555.000 | 20% sobre el exceso de ₡10.414.000 |
25% sobre el exceso de ₡19.150.000 | 25% sobre el exceso de ₡20.872.000 |
Renta a empresas
El tramo mínimo de impuesto sobre la renta para las empresas tuvo un ajuste de incremento de ₡10.075.000.
En el caso de las personas jurídicas, el impuesto entre un 5% y 20% cae sobre la renta neta anual mayor a los ₡5.761.000, pero que no supere los ₡122.145.000.
Quienes reporten una renta neta que se eleve a los ₡122.145.000 o superior se someten a un pago de impuesto del 30%.
Tramos 2022 | Tramos 2023 |
Empresas con renta neta anual inferior a ₡112.070.000: | Empresas con renta neta anual inferior a ₡122.145.000: |
5% sobre los primeros ₡5.286.000 | 5% sobre los primeros ₡5.761.000 |
10% sobre el exceso de ₡5.286.000 | 10% sobre el exceso de ₡5.761.000 |
15% sobre el exceso de ₡7.930.000 | 15% sobre el exceso de ₡8.643.000 |
20% sobre el exceso de ₡10.573.000 | 20% sobre el exceso de ₡11.524.000 |
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