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Este 31 de mayo venció el plazo para que las sociedades inscritas ante el Registro Nacional presentaran su declaración de cómo están constituidas. Esto tiene como objetivo el cumplimiento de las Ley de Lavado de Dinero y la Lucha Contra el Fraude Fiscal y así conocer los beneficiarios finales.

Quien no la haya presentado se expone a pagar una multa proporcional del 2%, sobre los ingresos brutos del impuesto sobre las utilidades correspondientes al período anterior o aquel en el que se produjo en la infracción, según lo establece el Ministerio de Hacienda.

Además, el Registro Nacional no emitirá certificaciones de personería jurídica o inscribirá documentos a quien no se encuentre al día con esta declaración. Asimismo, los notarios públicos deberán consignar este incumpliendo en los documentos que emitan.

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