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Para evitar multas e intereses, recuerde pagar este impuesto en enero 2023.

Qué es el Impuesto a las Personas Jurídicas (IPJ)

Es un tributo que se establece sobre todas las sociedades mercantiles, así como toda sucursal de una sociedad extranjera o su representante y sobre empresas individuales de responsabilidad limitada que se encuentran inscritas o que en adelante se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional (en adelante RPJRN).

Objetivo del impuesto.

El Estado estableció este impuesto con el objeto de obtener recursos para colaborar con el Ministerio de Seguridad Pública para el cumplimiento de sus deberes, así como para el Ministerio de Justicia y Paz, para apoyar a la Dirección General de Adaptación Social; y al Poder Judicial de la República para financiar el Organismo de Investigación Judicial en la atención del crimen organizado.

Condición de la Sociedad

Tarifa por
aplicar del salario base

Impuesto por cancelar

– Estén inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, no inscritos en el RUT con actividad lucrativa (Sociedad Inactiva).
– Estén inscritos en el RUT con actividad lucrativa (sociedades activas), aprobadas como declarantes del Impuesto sobre la Renta por la Administración Tributaria.

15%

69.330

– Sean contribuyentes en el Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o Rentas y Ganancias de Capital), con ingresos brutos menores a 120 salarios base, en las declaraciones que le correspondieron presentar en el periodo anterior.
– Las personas jurídicas inscritas en el Régimen de Tributación Simplificado.

25%

115.550

– Sean contribuyentes en el Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o Rentas y Ganancias de Capital), con ingresos brutos
entre 120 y menos de 280 salarios base, en las declaraciones que le correspondieron presentar en el periodo anterior.

30%

138.660

– Sean contribuyentes en el Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o Rentas y Ganancias de Capital), con ingresos brutos superiores a 280 salarios base, en las declaraciones que le correspondieron presentar en el periodo anterior.

50%

231.100

El salario base que rige para el año 2023 es de 462.200

Para realizar el cálculo del IPJ, las sociedades que se constituyan ante el Registro Nacional, durante el transcurso del periodo del impuesto, deberán pagar de forma proporcional al tiempo que reste entre la fecha de presentación de la escritura de constitución y el final del período fiscal, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la constitución de la sociedad en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Periodo del Impuesto

El período fiscal es de un año, comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del mismo año, el hecho generador del impuesto ocurre el 1° de enero de cada año y para las nuevas sociedades al momento de presentación de la escritura de constitución de la sociedad ante el RPJRN, cancelando el impuesto en forma proporcional.

Obligados Tributarios

Las sociedades mercantiles, las sociedades de una sucursal extranjera o su representante legal y las empresas individuales de responsabilidad limitada, inscritas o que en adelante se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Plazo para declarar y pagar el impuesto

El impuesto solo se cancelará sin recargo, dentro de los 30 días naturales siguientes al 01 de enero de cada año, considerando el salario base vigente para ese periodo por medio de:

  • Débito en Tiempo Real (ATV)
  • Conectividad Bancaria

Los pagos por otros medios no autorizados no serán validados, deberán cancelar nuevamente por los medios oficiales y solicitar la devolución (Ejemplo: Transferencias bancarias, enteros de gobierno, etc). En caso de tener pendiente la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta (Régimen Tradicional y/o que hayan realizado el hecho generador en Ganancias de Capital), la información del pago correspondiente al Impuesto a las Personas Jurídicas no estará disponible hasta que regularice su situación ante la Dirección General de Tributación.

Exenciones

Para que una sociedad le aplique la exoneración, debe cumplir lo siguiente:

  1. Sociedades inscritas con actividad lucrativa en el Registro Único Tributario, como contribuyentes del Impuesto sobre la Renta.
  2. Reportadas como exentas por alguna de las instituciones respectivas:
    • Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) como: Micro o pequeñas empresas.
    • Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) como: Pequeños o medianos productores agropecuarios.

La exoneración aplica para el período fiscal siguiente a su clasificación ante la institución respectiva.

Obligaciones

Verificar que su información se encuentre actualizada en el Registro Único Tributario de la DGT, de lo contrario deben presentar en el portal web de la Administración Tributaria Virtual (ATV), por medio del representante legal o autorizado, la Declaración de Modificación de Datos del RUT.

Sanciones por incumplimiento en el pago del impuesto

  • – Intereses a cargo del obligado tributario según lo establece el artículo N°57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
  • – El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica, certificaciones literales de sociedad, ni inscribir ningún documento a favor de la persona jurídica que esté en deuda.
  • – Las personas jurídicas morosas de este impuesto no podrán contratar con el Estado o cualquier institución pública. – Las deudas de este impuesto constituirán hipoteca legal preferente o prenda preferente.
  • – La acumulación de la no cancelación de tres periodos consecutivos será causal de disolución, previa publicación mediante edicto

Otros aspectos tributarios a considerar

• Este impuesto no se considera gasto deducible para determinar el impuesto sobre las utilidades. • En caso de existir un crédito a favor del obligado tributario en este impuesto, únicamente se puede solicitar compensación con deudas existente en el mismo impuesto.

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