Muchas sociedades disueltas por incumplimiento del impuesto a las personas jurídicas, así como aquellas a las que se les había vencido el plazo social, han logrado su reinscripción en las últimas semanas, según nos informa MasterLex noticias.
Es importante recordar que una vez que han «vuelto a la vida», estas sociedades deben ponerse al día en varias obligaciones. Entre ellas:
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Pago del impuesto a las personas jurídicas período 2022
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Actualización de datos en el sistema ATV del Ministerio de Hacienda
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Presentación de declaraciones en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales
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Autoliquidación y pago de las sanciones administrativas por morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas, art´. 80 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.