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Las sociedades mercantiles inactivas deben presentar su declaración de impuestos antes del 30 de abril de 2024 para evitar multas adicionales.

Una sociedad se considera inactiva cuando está legalmente constituida pero no realiza actividades lucrativas. Además, en esa misma fecha, deben presentar el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

Para cumplir con este requisito, las personas jurídicas inactivas deben inscribirse en el Registro Único Tributario de la Dirección General de Tributación a través de la plataforma de Administración Tributaria Virtual.

Es fundamental que proporcionen información precisa, como el domicilio fiscal, el representante legal, el correo electrónico y otros datos requeridos.

Además, deben respaldar esta información con documentos contables, actas de las reuniones de la sociedad y otros registros.

El incumplimiento de la presentación de la declaración dentro del plazo establecido conlleva una sanción equivalente al 2 porciento de los ingresos brutos en el período del Impuesto sobre las Utilidades anterior a la infracción, con un mínimo de 3 salarios base y un máximo de 100 salarios base.

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